jueves, 5 de febrero de 2015

GGC propone iniciativa para garantizar respeto a derechos electorales de pueblos indígenas



La diputada Geraldine González Cervantes presentó una iniciativa de decreto constitucional que garantiza el respeto a los derechos electorales de los pueblos indígenas.

“Hacer la elección o designación de sus autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así como acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular, para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal y la soberanía de los estados. En ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales”, indicó.


La legisladora del Partido Verde Ecologista de México, detalló que en la entidad se encuentran asentados y reconocidos pueblos y comunidades indígenas Náhuas, Totonacas, Mixtecas, Tepehuas, Otomíes, Popolocas y Mazatecas.

Según datos del Padrón de Pueblos y Comunidades Indígenas de la Comisión Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas, en la entidad existen 130 municipios y 1,719 comunidades con esta población. Además, contamos con un millón 481 mil 104 habitantes de origen indígena, de los cuales, 557 mil 843 hablan lenguas autóctonas.

La legisladora resaltó los esfuerzos para reconocer los derechos de los indígenas, pero sobre todo para garantizarles el respeto a sus derechos electorales. Mismos que deben salvaguardar la igualdad de oportunidades entre sus miembros, sin importar condiciones de sexo o de cualquier otra índole.

“Recientemente el Honorable Congreso de la Unión aprobó la reforma al artículo segundo de la Carta Magna, en el cual se dispuso de manera amplia y literal el derecho de mujeres y hombres, habitantes de comunidades indígenas, de votar y ser votados, así como para acceder y desempeñar cargos públicos y de representación popular, sosteniéndose, además, que en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales”, concluyó. 
 

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