miércoles, 4 de febrero de 2015

RECORDATORIO PARA PRESENTAR DECLARACIONES BIMESTRALES

Cabe recordar que para seguir teniendo los beneficios del régimen de incorporación fiscal deben presentar sus declaraciones a más tardar en enero de 2015 (31 de enero es inhábil, la fecha límite es el 3 de febrero); en caso de tener impuestos a cargo deben aplicar la actualización y recargos correspondientes.

Así mismo, quienes no presenten las declaraciones se integrarán al régimen general y perderán los beneficios del régimen de incorporación fiscal.


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