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Regidores Dicen Haberse Enterado por Los
Medios De Comunicación
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Ellos Fueron Notificados También El 1º. De Julio
del 2015
San Martín Texmelucan,
Pue.- Luego de que el Presidente
Municipal Constitucional de esta ciudad, Ingeniero José Rafael Núñez Ramírez se
negara a cumplir la recomendación del expediente 4/2015 y que además escondiera
esta información a los regidores, de acuerdo al artículo 59, en su fracción
primera, podría ser sujeto de revocación de mandato por atacar a las garantías
individuales o sociales, antes deberá comparecer ante el Congreso del estado de
Puebla, para explicar su negativa.
Se trata de la negativa del munícipe
a cumplir la recomendación 4/2015 de fecha 30 de abril del 2015 emitido dentro
del expediente de queja número 4464/2014-C de la CDH del estado de Puebla que
se inició con motivo de la queja presentada por Lidia Aguilera Cadena por sí y
a favor de quien en vida respondió al nombre de Alfonso Aguilera Cadena.
De acuerdo al oficio
SM-0423/2015, firmado por la Maestra Martha Huerta Hernández, Síndico
Municipal, el Presidente Municipal de San
Martín Texmelucan y todos los integrantes de su cabildo fueron notificados de que la Visitadora Adjunta de Derechos
Humanos del estado de Puebla, Licenciada Fernanda Hernández Jiménez, exhortó al
edil a aceptar y cumplir la recomendación dictada, en el entendido de que de
tres autoridades o servidores públicos a quienes se les emitieron
recomendaciones por la CDHP, Rafael Núñez Ramírez sería el único que no
aceptaría.
También se le hizo saber de las consecuencias de su
negativa, consistentes en hacer del conocimiento a la opinión pública la
negativa; que la CNDH emitiría una recomendación a través del visitador de
Derechos Humanos, además de que se iniciaría un procedimiento en el cual se ordene
su comparecencia ante el Congreso del Estado, ante la comisión respectiva, para
que responda sobre su negativa a la recomendación número 4/2015 de fecha 30 de
abril de 2015.
Entrevistada sobre el tema,
la regidora de Grupos Vulnerables y Equidad Entre Género, Olga Margarita López
Olvera, explicó no estar enterada de esa recomendación y haber tomado nota del
tema a través de los medios de comunicación, pese a que ella también fue
notificada mediante el oficio SM-0423/2015, no obstante explicó que el
Presidente Municipal, no le informó de manera oficial sobre dicha recomendación
y argumentó su voluntad para: “ver en qué términos viene el citatorio, en qué
términos se le está llamando, si efectivamente viene a comparecer, yo creo que
habrá una explicación, estamos
comprometidos con los derechos humanos, yo no le veo mayor problema, caro que
lo platicaremos con el señor presidente.”
De acuerdo a la normativa
vigente en el estado de Puebla, se trata de que el munícipe no observó el
artículo 59 en su fracción primera, razón que podría implicar una revocación de
mandato, pero que sin duda, se suma a los problemas por desacato a diversos
ordenamientos legales en relación con el tianguis municipal, ubicado en San
Lucas Atoyatenco y al conflicto con el predio donde se ubica Seguridad pública
y el gimnasio Rosendo Vázquez, conocido como San Damian,
Es
necesario recordar que el asunto que originó la queja de Lidia Aguilera Cadena
tiene su origen cuando la mañana del 28 de abril del 2014, un hombre fue llevado a los separos
de la Policía Municipal de San Martín Texmelucan acusado de intento de
violación, el sujeto quedó bajo la custodia de dos elementos de la corporación,
que “no garantizaron la integridad y vida del detenido” que finalmente se
ahorcó; se desprende de la recomendación, la comandancia recibió
aproximadamente a las 10 de la mañana “una llamada telefónica de la agente del
Ministerio Público de San Martín Texmelucan, Puebla, mediante la que recomendó
constante vigilancia al detenido a fin de garantizar su integridad física ya
que éste conocía la gravedad del delito que había cometido.
Más adelante el documento destaca que “Si bien la muerte del sujeto se
debió a una auto-agresión, tal circunstancia no exime de responsabilidad a los
elementos de la Policía Municipal de San Martín Texmelucan, Puebla, ya que
ellos tenían a su cargo el resguardo de la persona detenida y en consecuencia
la obligación de salvaguardar su integridad y su vida… ”Finalmente, en el
documento la CDH pide la reparación del daño para la familia del occiso, la
capacitación de los elementos de la policía para que no se repita un caso de
este tipo y además “una investigación que conduzca a la sanción de los hechos
considerados como violatorios”.
Finalmente, una versión no confirmada por los regidores entrevistados,
quienes pidieron la gracia del anonimato, presume que la sugerencia de los
asesores de Rafael Núñez Ramírez, fue la de no atender la recomendación pues
esta era en favor de un supuesto violador y que en todo caso se podría
argumentar un apoyo a la familia de la niña afectada.
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