Asegurar una
representación política plural, es el objetivo del principio de representación
proporcional, este principio consiste en asignar cargos de elección popular en
base al porcentaje de votos obtenidos por cada partido político en una región
geográfica, de manera que cada partido político esté representado de acuerdo
con el número de votos que haya obtenido.
Bajo este principio se
eligen 200 diputados/as mediante un sistema de listas regionales de las cinco
circunscripciones en que se divide la República Mexicana. El estado de Puebla
se inscribe en la cuarta circunscripción. Dependiendo del número de votos
obtenidos cada partido político tiene derecho a una cantidad proporcional de
diputados/as.
Este principio se introdujo
en nuestro Sistema Político en 1977; vino a substituir a los Diputados de
Partido asignados sólo a los pequeños partidos lo que consideran algunos
estudiosos representaba la presencia de un sistema político de pluralismo
limitado, hasta que en 1986 el Partido Revolucionario Institucional se incluye
a estas asignaciones (Rendón 2005)[1]
y desde entonces ha llevado un proceso gradual de transformación. En la reforma
electoral de 1986 ampliando el número de diputados/as por la vía de la
representación proporcional, de 100 a 200 diputados/as y al incorporar en el
transcurso de estas décadas conceptos de análisis sobre subrrepresentación y
sobrerrepresentación de partidos políticos en los procesos electorales. Por
ello nuestro sistema electoral se conoce como mixto (300 diputados/as por el
principio de mayoría relativa -voto directo- y 200 por la vía del principio de representación
proporcional -listas regionales-)
De ahí que partiendo de
que la votación válida emitida en las pasadas elecciones fue de 37 millones 911
mil 262 sufragios, únicamente los partidos del Trabajo y Humanista al no
obtener, por lo menos, el tres por ciento de la votación válida emitida a su
favor, -como lo marca la ley- para las listas regionales de las cinco circunscripciones
plurinominales; no se encuentran en la hipótesis establecida en la base II del
artículo 54 de la Constitución Política mexicana, para tener derecho a la
asignación de diputados por el principio de representación proporcional.
Este cómputo llevado a
cabo en el Instituto Nacional Electoral (INE) el domingo 22 en sesión
extraordinaria, asignó así a 200 diputaciones plurinominales, que sumados a los
300 diputados/as electos bajo el principio de mayoría relativa, conformarán los
500 que integrarán a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados.
El INE también dio a
conocer que los partidos políticos
durante el proceso interpusieron 500 juicios de inconformidad en contra
de los cómputos distritales de la elección de diputados federales por ambos
principios y que se interpusieron 247 recursos de reconsideración contra las
sentencias de fondo dictadas por las salas regionales.
La asignación de curules
quedará de la siguiente manera:[2]
Al Partido Acción
Nacional se le asignan 53 Diputados de Representación Proporcional;
Al Partido
Revolucionario Institucional, 48;
Al Partido de la
Revolución Democrática, 27;
Al Partido Verde
Ecologista de México, 18;
A Movimiento
Ciudadano, 15;
A Nueva Alianza,
10;
A MORENA, 21;
Al Partido Encuentro Social, 8.
Con la declaratoria de
validez y la asignación a los partidos políticos de las curules que les
corresponden por el principio de representación proporcional, se da por
concluido el proceso electoral federal 2014-2015.
De esta manera el PRI en la próxima
Legislatura tendrá 203 diputados/as (155 por la vía de mayoría relativa y 48
por representación proporcional) y por séptima ocasión, ningún partido político
como ha sucedido desde 1997, tiene la mayoría en la Cámara de Diputados,
de ahí que las decisiones requerirán de consensos y de la convergencia de al
menos dos fuerzas políticas para alcanzar la mayoría de la votación; y para modificar
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos requerirán del
consenso de al menos tres partidos políticos presentes.
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